Por John Acosta
Mediante auto del pasado 30 de abril, el Consejo de Estado dejó claro que continúa en firme el trámite en la Sección Primera de organismo la acción de tutela interpuesta por David Sierra Daza y admitida por esa Sección el pasado 14 de marzo, en contra de la Sección Quinta del Consejo de Estado, con el fin de que se amparen sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, pues Sierra Daza considera que esos derechos le fueron vulnerados por la autoridad judicial accionada, cuando con la sentencia del 27 de febrero de 2025, el Consejo de Estado decidió negar las pretensiones de la demanda de nulidad del formulario E26GOB, del 9 de noviembre de 2023, por medio del cual se declaró la elección de Elvia Milena Sanjuan Dávila como gobernadora del departamento del Cesar, para el período constitucional 2024-2027.
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Elvia Milena Sanjuán, gobernadora del Cesar y el abogado David Sierra Daza |
En el auto del 30 de abril, el magistrado Oswaldo Giraldo López informó, dentro de los antecedentes, que “la profesional universitaria adscrita a la oficina jurídica del Consejo Nacional Electoral presentó escrito en el que solicitó la desvinculación de dicha entidad del presente trámite tutelar, por falta de legitimación en la causa por pasiva; que “la magistrada ponente de la providencia acusada rindió informe en el que solicitó que se declare la improcedencia de la acción de tutela o, en su defecto, que se niegue el amparo deprecado”; que “el señor Luis Fernando Padilla Pérez, tercero vinculado al presente trámite tutelar, allegó escrito en el que presentó la siguiente solicitud probatoria: (...) • Copia de la sentencia de Radicado N°20001-23-33-000-2023- 00309-00 emitida por el Tribunal Administrativo del Cesar. • Copia de la Constancia de ejecutoria de la Sentencia N°20001-23- 33-2023-00309-00 emanada de la Secretaría General del Tribunal Administrativo del Cesar […]”.