Por John Acosta
El pasado 8 de
octubre cumplí siete meses de haber tenido un accidente de tránsito, en el que
resultaron dos personas con heridas de consideración. Y, en todo este tiempo, he
padecido las penurias de sentirme completamente solo en todo el proceso
jurídico y penal, a pesar (o como consecuencia, ¡qué contradictorio!) de
¿gozar? de una póliza con Liberty Seguros S. A.
Para iniciar, el día
del accidente (domingo 8 de abril de 2012, terminaba la Semana Santa) llamé al
#224 a suplicar que me enviaran un vehículo para que me recogiera a mí y a mi
familia (yo viajaba con mi señora y mis dos hijas menores, de 10 y 7 años de
edad), ya que los familiares del fallecido y del herido, que estaban bastante
pasados de tragos, se tornaban amenazantes: nunca llegó el carro que pedía
desesperado a las distintas operadoras que me contestaban en las muchas
llamadas de auxilio que realicé esa fatídica tarde. Unas tres o cuatro horas
después del accidente (estaba a menos de 10 minutos del segundo más grande municipio
de ese departamento, y a menos de 20 de la capital del mismo departamento),
llegó la grúa que transportaría mi vehículo hasta el parqueadero privado
asignado por la Fiscalía del municipio cercano: ahí mismo (en el camión cama
baja, por supuesto) pude enviar, solo hasta entonces, a mi familia para que
tomara un bus en el municipio cercano que las llevara hasta la ciudad de
destino, a una hora del lugar del siniestro. Lo irónico de este asunto es que Liberty
Seguros S. A. dizque ofrece el servicio gratuito de un automóvil que lo debe
transportar a uno, desde el lugar del siniestro hasta el sitio de destino. Como
dije, ese vehículo jamás apareció. Lo
grave de todo, es que los familiares de los implicados perseguían en moto a la
grúa, lanzando todo tipo de improperios contra mi familia. Hace pocos días, traté de hablar con mi hija
de 10 años sobre esa amarga experiencia y me dijo: “Papi, ayúdame a olvidar
todo eso. Por favor, no me lo recuerdes más”. Todas esas incomodidades se
hubiesen minimizado, si Liberty Seguros S. A. hubiera cumplido con enviar el
vehículo para transportar a mi familia.
A mí me llevó, a una
clínica de la jurisdicción, una ambulancia del concesionario que tiene a su
cargo esa importante carretera. Mi brazo izquierdo sangraba copiosamente, pues
innumerables esquirlas del vidrio panorámico, o para brisas, se introdujeron en
él. Acepté subirme a este carro de
asistencia humanitaria, solo hasta cuando pude, por fin, sacar a mi familia del
sitio, así fuera en las condiciones en que lo hice: en la molestia de una grúa.
Apenas llegué a la
clínica, desde el portero hasta las enfermeras y médico que me atendieron, me
expresaban con preocupación: “Anda, usted es el señor que han venido buscando
varias veces unas personas muy bravas”. Le dieron prelación a mi estado y me
colaboraron mucho en el operativo que me tocó montar para salir escondido de
allí y llegar bien a mi casa.
El
viacrucis de la entrega provisional del vehículo
Al poco rato del
accidente, y como consecuencia a mis pedidos desesperados de auxilio al #224,
me llamó un abogado, desde la capital del departamento (que, como se dijo,
queda a unos 20 minutos del sitio del incidente), y me dijo que había sido asignado
por Liberty Seguros S. A. para asistirme en esos momentos: nunca llegó al sitio
y jamás le vi la cara en los cuatro meses de suplicio en que se convirtieron su
“asistencia jurídica”.
Me volvió a llamar
como a los 30 días del siniestro a decirme que no se había podido hacer el
experticio técnico sobre el vehículo porque las llaves no estaban en el
parqueadero. De manera que me trasladé, desde la ciudad donde resido, hasta la casa
de la ciudad donde vive el abogado (es decir, a unos 90 minutos de distancia) a
llevarle las llaves a mi “asesor jurídico” para que él las dejara en el
parqueadero privado donde la Fiscalía tenía detenido el carro. No estaba en su
vivienda, pero le dejé el encargo con el portero.
A la semana, lo
llamé. “He estado muy ocupado, no he podido llevar las llaves, pero ya mismo
las llevo. Es más, puede llamar al perito a decirle que ya las llave están en
el parqueadero”. Así lo hice. “Esta misma tarde voy a hacer el experticio a su
carro”, me dijo el perito. Se demoró cinco
meses para hacerlo.
Lo extraño de todo es
que, precisamente, lo que no cubre el seguro, como los gastos de parqueo, es
donde hay las más serias deficiencias. Por más que llamaba al abogado para que
exigiera que se le hiciera con prontitud el experticio el carro, nunca pude
obtener más que excusas banas y promesas incumplidas. No me dio la gana de
ofrecerle comisión adicional ni al perito ni al abogado que me asignó el seguro
porque no seré yo quien fomente la corrupción. Me tocó quejarme ante Liberty
Seguros S. A. por la negligencia del abogado que el mismo seguro me asignó. El 11 de julio de 2012 (tres meses y dos días
después del siniestro), la nueva abogada asignada por Liberty me envió a mi
correo los requisitos necesarios para su representación. El 10 de agosto me hicieron la entrega
provisional de mi vehículo ¡Cinco meses después del accidente! Eso es inaudito
porque estos procesos no alcanzan a demorar 15 días y, en el peor de los casos,
puede llegar, como máximo –y exagerando- al mes.
De manera que ahí hay
un detrimento patrimonial importante, no por culpa mía –ni más faltaba-, si no
por la falta de interés del primer abogado que me asignó el propio seguro,
quien dilató, de manera considerable, el proceso de entrega provisional de mi
vehículo. Cualquier persona consideraría obvio que es Liberty Seguros S. A.
quien debería asumir el incremento de los costos (el costo adicional de
parqueo, los taxis para trasladarme de un lugar a otro en el perímetro urbano,
los gastos de pasajes en los buses intermunicipales) como consecuencia de la
desidia del abogado que ellos me nombraron.
El 23 de julio y el
10 de agosto, respectivamente, envié a Liberty Seguros S. A., por intermedio
del Corredor de Seguros mediante el cual tomé la póliza, solicitando la
elemental justicia de que asumieran los mencionado costos por la desidia de su
abogado: casi cuatro meses después de la segunda carta, aún estoy esperando la
respuesta, siquiera, de alguna de las dos misivas.
Pérdida
total y audiencia de conciliación, otro viacrucis
El 20 de septiembre
recibí un correo de Indemnizaciones de Liberty Seguros S. A. donde se me
notificaba que el carro había sido declarado como pérdida total. Es decir, solo
hasta un mes y 10 días después de haber llegado el carro al taller, y por las
insistentes llamadas que realicé a la línea 018000 para averiguar sobre el
proceso de arreglo del carro, me notifican que hay pérdida total, pero lo duro
está en esta parte de la carta que me envió Liberty Seguros S. A.: “…en la
medida en que el proceso penal se extienda, lamentamos informarle que el pago
total de indemnización no es procedente”. Además, agregaba que “el pago de
impuestos de cada año se encuentra a su cargo”.
Pues bien, la
Personería del municipio donde está el caso citó a una Audiencia de
Conciliación Extrajudicial para el pasado 2 de octubre. No se pudo realizar la
audiencia porque el representante de Liberty Seguros S. A., que fue quien me
envió la carta de notificación, no asistió. La Personería volvió a citar para
el 10 de octubre: tampoco asistió el representante del seguro. Ni para la
tercera citación, que fue ayer 23 de octubre.
¿Qué puede uno
inferir después de todo lo anterior? Pues que de nada le sirve a uno tener su
carro asegurado. Cualquiera podría pensar que el representante de Liberty
Seguros S. A. no ha asistido a ninguna de las tres citaciones porque no se
siente obligado a pagar el carro antes ni tiene que pagar los impuestos del
mismo ¿Le quedaría, a una persona cuerda, razones para volver a tomar una
póliza con un asegurador así? Ya llevo ocho meses sin el vehículo y a Liberty
parece no importarle.
Lea la solución a este caso en el link http://www.blogger.com/blogger.g?blogID=4743287289620961825#editor/target=post;postID=7738493155310271648
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